Luz de la comunidad de vecinos: zonas comunes y contrato
Dos suministros: el de cada piso y el de la comunidad
Cada vivienda tiene su propio suministro, con su contrato y su CUPS, el código que identifica el punto de conexión. Aparte hay otro suministro, el de las zonas comunes: el portal, la escalera, el garaje, el ascensor o la bomba del agua, cuando se alimentan desde un contador propio. Ese contador tiene su propio CUPS y su propio contrato, y el titular es la comunidad.
Confundir los dos es el error más habitual. Si el CUPS de una factura es el de un piso y no el de zonas comunes, quien paga y quien cambia de compañía no será el mismo.
Quién es el titular y quién decide
La comunidad figura en el contrato con su CIF, el código de identificación fiscal de las entidades. La persona que la representa, normalmente el presidente o el administrador de fincas, es quien firma y recibe las facturas. El administrador de fincas es la persona o empresa que lleva la gestión administrativa y contable de la comunidad.
Cambiar de compañía o de potencia afecta a un gasto común. Por eso lo habitual es que lo decida la junta de propietarios, la reunión en la que los vecinos votan los asuntos del edificio, y no el presidente por su cuenta.
Cómo se reparte el coste
La factura de zonas comunes se paga con la cuota de la comunidad. Cada vecino aporta la parte que le corresponde según su coeficiente de participación, el porcentaje que consta en la escritura del edificio para repartir los gastos comunes. Si el reglamento de la comunidad reparte la luz de otra manera, manda el reglamento.
Qué revisar antes de cambiar de compañía
- El titular. Que el contrato figure a nombre de la comunidad con su CIF y que la persona que firma tenga poder para hacerlo. Si el titular es un antiguo presidente, primero hay que cambiarlo.
- El CUPS. Que sea el de zonas comunes y no el de un piso. Un cambio sobre el CUPS equivocado puede dejar sin suministro a la comunidad.
- La potencia. Que alcance para el ascensor, la iluminación y las bombas, y que no esté muy por encima de lo que se usa.
- El precio. Comparar el precio del kWh y el término de potencia de la factura, no solo la cuota mensual que promete la oferta.
Los pasos del cambio de compañía están en cambiar de comercializadora, y el cambio de titular, en cambiar el titular de la luz y el gas.
Si quieres que lo revisemos
Envíanos la factura de zonas comunes y te decimos qué titular, qué CUPS y qué potencia aparecen, y si la oferta que os ofrecen compensa.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga la luz del portal y del garaje?
La comunidad, con la cuota que pagan los vecinos. Esa cuota se reparte según el coeficiente de participación de cada piso, salvo que el reglamento diga otra cosa.
¿El presidente puede cambiar de compañía sin votar?
Depende de lo que diga el reglamento de la comunidad y de lo que se haya aprobado en junta. Como el cambio afecta a un gasto común, lo normal es someterlo a votación antes de firmar.
¿Qué hago si el contrato está a nombre de alguien que ya no preside?
Hay que cambiar el titular a nombre de la comunidad, con la documentación que exige la comercializadora. Mientras tanto, las facturas pueden seguir llegando a esa persona, así que conviene avisar a la comercializadora cuanto antes.
¿Tienes facturas?
Envíanos tus facturas de luz y/o gas y las revisamos: te escribimos para contarte qué hemos encontrado y si conviene cambiar.
¿Aún no tienes facturas?
Si es un suministro nuevo, envíanos el certificado, el boletín o tu CUPS a través del formulario y contactamos contigo para proponerte el mejor contrato ajustado a tus necesidades.
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